Dependencia inducida y estigmatización de las personas migrantes

La construcción asistencial de las personas migrantes en situación administrativa irregular y sus consecuencias
Resumen
Las políticas sociales dirigidas a personas migrantes suelen articularse en torno a la categoría de vulnerabilidad. Sin embargo, esa condición está vinculada a una situación administrativa irregular, impuesta por el propio marco normativo del Estado receptor. Este artículo, analiza cómo la restricción del acceso al empleo formal y a determinados derechos sociales, derivada de un arbitrario régimen legal de extranjería, produce una dependencia institucional inducida que, posteriormente, se traduce en estigmatización social. Desde un enfoque sociológico y jurídico, se sostiene que el problema no radica en la forzada provisión de ayuda social, sino en el marco discursivo que convierte esa precariedad en atributo identitario del migrante.
Introducción
El debate público sobre migración en España ha tendido a oscilar entre la retórica humanitaria y la narrativa de la carga social. En ambos casos, la persona migrante aparece frecuentemente definida como sujeto vulnerable y receptor de recursos públicos. Sin embargo, este encuadre invisibiliza un elemento central: buena parte de esa vulnerabilidad deriva de la propia estructura normativa del régimen de extranjería, que limita el acceso regular al mercado laboral y a determinados derechos sociales, cuando la persona se encuentra en situación administrativa irregular.
Como ha señalado Sayad (1998/2010), la inmigración es inseparable de las condiciones jurídicas que la definen; el inmigrante no es únicamente quien migra, sino quien es construido por el Estado como tal. En este sentido, la dependencia no puede analizarse sin considerar el marco legal que la produce.
Marco normativo y producción de precariedad
En el caso español, la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, establece un régimen de acceso condicionado a derechos fundamentales, especialmente, en lo relativo al empleo formal. La situación administrativa irregular implica, en la práctica, la imposibilidad de acceder legalmente al mercado de trabajo, salvo en procesos extraordinarios de regularización.
Diversos autores han señalado que esta exclusión jurídica genera un espacio de “irregularidad estructural” que empuja a las personas migrantes hacia la economía sumergida y la dependencia de redes familiares o dispositivos asistenciales (Cachón, 2009; De Lucas, 2012). No se trata, por tanto, de una predisposición cultural a la dependencia, sino de una consecuencia directa de la restricción normativa.
De Lucas (2012) advierte que el régimen de extranjería europeo produce una ciudadanía estratificada, en la que los derechos se gradúan en función del estatus administrativo. Esta jerarquización jurídica condiciona la capacidad de agencia económica y social del individuo.
De la exclusión jurídica a la estigmatización social
La paradoja emerge cuando la dependencia generada por el impedimento legal de trabajar es reinterpretada en el discurso público como rasgo inherente del colectivo migrante. Este desplazamiento produce lo que Bourdieu (1999) denominaría una forma de violencia simbólica: una estructura social que produce desigualdad y que luego atribuye al propio sujeto la responsabilidad de esa desigualdad.
Desde la perspectiva del estigma, Goffman (1963/2006) explicó que el estigma no reside en el atributo en sí, sino en la relación social que lo define. En este caso, la etiqueta de “beneficiario” o “receptor de ayudas” se convierte en identidad desacreditadora cuando se desvincula del análisis estructural que la origina.
Link y Phelan (2001) han señalado que el estigma implica procesos de etiquetado, estereotipación, separación y pérdida de estatus. Cuando el migrante irregular es sistemáticamente asociado a la asistencia social, se activa un esquema cognitivo que lo separa del ciudadano “productivo”, reforzando narrativas de carga y dependencia.
La construcción política de la irregularidad
La irregularidad administrativa no es una condición natural, sino una categoría jurídica producida por el Estado (Sayad, 2010). En el contexto español, los procesos de regularización extraordinaria han mostrado que miles de personas que anteriormente eran consideradas “irregulares” pasan a integrarse formalmente en el mercado laboral una vez modificada su situación administrativa (Cachón, 2009). Esto evidencia que la supuesta dependencia no era estructural al sujeto, sino contingente al marco legal.
Además, diversos informes del Defensor del Pueblo y del Observatorio Permanente de la Inmigración han señalado que la mayoría de las personas migrantes desean incorporarse al mercado laboral formal y que su participación económica es significativa cuando el marco jurídico lo permite.
La narrativa que presenta al migrante como receptor permanente de ayuda ignora que, en muchos casos, es el propio sistema normativo el que impide su autonomía económica.
Asistencia, derechos y reconocimiento
La intervención social es necesaria en contextos de exclusión estructural. Sin embargo, como advierte Honneth (1997/2009), la identidad se construye en relaciones de reconocimiento. Cuando la relación institucional se limita al plano asistencial y no reconoce al sujeto como portador pleno de derechos y capacidades, se consolida una identidad subordinada.
En este sentido, el problema no es la ayuda social, sino su desvinculación del reconocimiento jurídico y de la ampliación de derechos. La dependencia inducida por la irregularidad administrativa puede convertirse en estigma cuando no se explicita su origen estructural y cuando no se acompaña de mecanismos reales de integración laboral y ciudadanía.
Conclusiones
La consideración de las personas migrantes como sujetos receptores de ayuda social puede derivar en estigmatización cuando la dependencia institucional es interpretada como rasgo identitario y no como consecuencia de una exclusión jurídica estructural.
En el caso de las personas en situación administrativa irregular, la imposibilidad legal de acceder al empleo formal genera una dependencia inducida que posteriormente es utilizada como argumento de inferioridad o carga social. Esta dinámica produce un círculo perverso: el Estado restringe derechos, la restricción genera precariedad, y la precariedad se convierte en estigma.
Superar esta lógica requiere desplazar el enfoque asistencial hacia un modelo basado en derechos efectivos, reconocimiento jurídico pleno y acceso real al mercado laboral. Solo así la intervención social dejará de operar en clave de dependencia y podrá orientarse hacia la autonomía y la integración en igualdad de condiciones.
Referencias
Bourdieu, P. (1999). La dominación masculina. Anagrama.
Cachón, L. (2009). La España inmigrante: Marco discriminatorio, mercado de trabajo y políticas de integración. Anthropos.
De Lucas, J. (2012). Mediterráneo: El naufragio de Europa. Tirant lo Blanch.
Goffman, E. (2006). Estigma: La identidad deteriorada (ed. orig. 1963). Amorrortu.
Honneth, A. (2009). La lucha por el reconocimiento (ed. orig. 1997). Crítica.
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Link, B. G., & Phelan, J. C. (2001). El estigma y sus consecuencias. Annual Review of Sociology, 27, 363–385.
Sayad, A. (2010). La doble ausencia: De las ilusiones del emigrado a los padecimientos del inmigrado (ed. orig. 1998). Anthropos.
Luis Bodoque Gómez
Mediador Intercultural de la Asociación Culturas Unidas
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